viernes, 28 de julio de 2006

MANDATO POLITICO DE LAS MUJERES


La Asamblea de Mujeres de Quito ha construido, en un proceso participativo que incluyó a otras organizaciones de mujeres así como a mujeres independientes, una agenda de prioridades para la gestión del próximo gobierno, a la que hemos denominado Mandato Político de las Mujeres.

Se trata de una agenda para que los derechos de las mujeres y la equidad de género sean promovidos y respetados en todas las acciones de las/os nuevos gobernantes. Con miras a ello, la presentaremos y negociaremos con las/os candidatos a la Presidencia de la República y sus equipos de trabajo.

Si desea acceder al Mandato Político de las Mujeres por favor escriba a
asambleamujeres@yahoo.com, señalando su nombre y la organización o institución a la que pertenece. También estamos interesadas en conocer sus motivos, por lo cual agradeceríamos que los incluya en su petición.

PRONUNCIAMIENTO EN DEFENSA DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

En el Congreso Nacional se encuentran en trámite reformas legales al Código de la Salud, al Código Penal y el proyecto de nueva Ley sobre Educación para la Sexualidad, cuyos contenidos están orientados a viabilizar los derechos sexuales y reproductivos de ecuatorianas y ecuatorianos constitucionalmente establecidos, pero sobre todo son propuestas que regulan la responsabilidad del Estado, de sus ciudadanos y ciudadanas, para superar las lacerantes cifras que pesan sobre la vida de las mujeres niñas, adolescentes y adultas y que constituyen un verdadero atentado a la vida. La falta de garantía de estos derechos significa, además del truncamiento de proyectos de vida y le negación de su libertad, la muerte de mujeres por causas prevenibles, cuya responsabilidad recae sobre aquellos que se niegan a atenderlas:

Ø De todos los tipos de cáncer que sufren las mujeres, el cérvico uterino es el que más vidas cobra en el Ecuador, pese a ello el 59%
[1] de las mujeres en edad fértil (15-49 años) con experiencia sexual no se ha hecho un examen de citología cervical vaginal (Papanicolau) en los últimos 2 años, y el 36% jamás se lo ha hecho. La mayoría responden que no lo han hecho por falta de información (25%), o porque no lo consideran necesario (otro 25%)! De hecho, 65% del total de mujeres de 15 a 49 años reportan no haber recibido información sobre el cáncer cérvico uterino.
Ø La segunda causa de muerte materna en el Ecuador son los embarazos terminados en aborto
[2].
Ø El 10% de las mujeres de 15-49 años ha sufrido violencia sexual, el responsable de la infracción era en un 86% de los casos un conocido
[3]. Según el informe sobre Violencia y Salud de la Organización Mundial de la Salud, los maridos, ex cónyuges, novios o convivientes son responsables de la mitad de las muertes violentas de mujeres en el mundo.
Ø Muchas mujeres violadas quedan en estado de embarazo sin desearlo! En nuestro país el aborto se lo mira exclusivamente desde una óptica religiosa, pero no desde el punto de vista de salud pública que es lo que corresponde al Estado laico ecuatoriano. Cuando las mujeres somos violadas, esa misma óptica religiosa se vuelve más tolerante, mostrando el doble lente con el que se miran las vidas de las mujeres y de los hombres. Las miles de mujeres violentadas diariamente no tienen otra opción que buscar el recurso clandestino del aborto, con grave peligro para sus vidas y su integridad física. El resultado es un elevado índice de complicaciones y muertes.
Ø La penalización del aborto, practicado en condiciones inseguras, no evita su práctica y su despenalización no significa que las mujeres que consideran inapropiado hacerlo, desde su perspectiva moral o religiosa, estén obligadas a practicarlo. La despenalización del aborto, supone el respeto al derecho humano de la libre decisión, porque no es justo imponer la maternidad a una mujer que ha sufrido violación; también es un asunto de justicia social, ya que son las mujeres más pobres las que con mayor frecuencia mueren por causa de abortos inseguros.
Ø Apenas el 10% de las mujeres de 15-49 años nunca en su vida ha usado anticonceptivos. De las mujeres casadas o unidas que tienen 3 o más hijas/os, alrededor del 90% no quiere más hijas/os
[4].

Ø El embarazo adolescente alcanzaba al 10% de las chicas entre 15 y 19 años[5]. En la Maternidad Isidro Ayora de Quito, 3 de cada 10 partos corresponden a madres adolescentes. Las complicaciones del embarazo son entre 2 y 5 veces mayores en las adolescentes que en las adultas[6] y esos embarazos limitan seriamente sus proyectos de vida, generalmente se ven obligadas a interrumpir sus estudios.

Estos datos ponen en evidencia la falta de garantías para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se deriva en la lesión de otros derechos de las mujeres como el derecho a la vida, a la igualdad, a la integridad personal, a no sufrir tratos inhumanos o degradantes, a vivir una vida libre de violencia, a la salud y a la atención médica, a la educación, al ejercicio de la libertad sexual de las mujeres adultas y a la integridad y sano desarrollo sexual de niños, niñas y adolescentes.

No poder decidir libremente sobre nuestra opción sexual, no ejercer autónomamente la sexualidad, ni poder hacerlo en forma placentera y recreacional independientemente de la reproducción y de acuerdo con las propias preferencias; no decidir libremente sobre la maternidad (si tener o no tener, cuándo y cuántos hijas/os); la obligación de sobrellevar embarazos prematuros y/o riesgosos; los abortos clandestinos; el abuso y el acoso sexuales; la violación, el embarazo producto de violación; el tráfico de mujeres y niñas con el fin de prostituirlas constituyen violación de nuestros derechos y debemos hacer algo!!!...

Por ello:

Respaldamos los proyectos de Ley reformatorios al Código de la Salud, al Código Penal y la Ley de la Educación para la Sexualidad, propuestos e impulsados por las diputadas Myriam Garcés y Guadalupe Larriva.

Exigimos el respeto del derecho a decidir libremente sobre nuestro proyecto de vida, decisión que abarca nuestras opciones sexuales, como vivir y disfrutar nuestra sexualidad, y la elección de la maternidad. No reivindicamos más que los derechos a la educación, información y atención de salud que nos permitan optar autónomamente acerca de que hacer respecto de nuestros cuerpos y rechazamos el control violento que se quiere ejercer sobre ellos.

Exigimos la plena vigencia del Estado laico. Miramos con preocupación los intentos de ciertos sectores políticos por retroceder los avances logrados por el laicismo y los movimientos de mujeres. En virtud de las libertades fundamentales de pensamiento, conciencia, religión y asociación, cada iglesia puede predicar a sus fieles sobre una moral particular, pero la ética que rige al Estado ecuatoriano, estado social de derecho y laico de acuerdo a su Constitución, está basada en los derechos humanos y no puede estar sujeta a concepción religiosa alguna, mucho menos a los mandatos de una iglesia en particular. Sería desconocer los derechos de los otros grupos que no participan de esas creencias, que tienen creencias distintas o que interpretan sus creencias en forma diferente.

Instamos a que los/as legisladores/as apoyen las propuestas de ley señaladas a fin de establecer un marco jurídico que contribuya a la seguridad personal de las mujeres, en acatamiento a los mandatos constitucionales.

Rechazamos categóricamente las acusaciones de que detrás de nuestras reivindicaciones existen intereses económicos particulares o financiamiento exógeno.

Este pronunciamiento parte de nuestra conciencia ciudadana y de la necesidad de velar por la vigencia de nuestros derechos.

Por la Asamblea de Mujeres de Quito,

Bertha Arias
Amparito Cevallos
Liliana Durán - Foro Nacional Permanente de la Mujer Ecuatoriana
María Ernst
Solanda Goyes
Miriam Játiva
Blanca Llumiquinga
Alexandra Moncada
Emma Ortega
Patricia Palacios J.
María Quintero
Pamela Quishpe
Eulalia Reyes
María del Pilar Troya F.
Silvia Vega Ugalde
Angelita Zabala

[1] Encuesta de Salud Materna e Infantil - ENDEMAIN, 2004.
[2] CONAMU. Hombres y Mujeres en Cifras II, 2005
[3] ENDEMAIN, 2004.
[4] ENDEMAIN, 2004.
[5] Encuesta de Condiciones de Vida 1999
[6] MSP: Indicadores básicos de Salud 2005.

miércoles, 26 de julio de 2006

PROPUESTA DE REFORMA POLITICA

PROPUESTA DE PREGUNTAS PARA CONSULTA POPULAR
ASAMBLEA DE MUJERES DE QUITO


Si bien la propuesta completa sobre reforma política de la Asamblea de Mujeres de Quito es más amplia, la sintetizamos en estas preguntas para la Consulta Popular que se trató de llevar a cabo el año anterior (2005). La formulación de las preguntas resume globalmente nuestras intenciones de reformas y cambios.

I. REFORMA POLÍTICA

1. ¿Autoriza Usted al Estado a hacer una reforma política que, bajo los principios constitucionales de equidad entre mujeres y hombres y promoción de la ciudadanía plena, modifique el sistema de representación, la ley de elecciones, la ley de partidos políticos, la ley de gasto electoral, las leyes de régimen provincial y municipal y reestructure los organismos legislativos, judiciales y de control de modo que permita la participación paritaria de las mujeres y la participación mayoritaria de organizaciones ciudadanas no partidistas?
[1]

2. ¿Exige usted al Estado, bajo los principios constitucionales de igualdad de oportunidades, derechos y deberes, la implementación de todos los acuerdos e instrumentos internacionales ratificados por el Estado que garantizan los derechos de las mujeres?

3. ¿Exige usted al Estado Ecuatoriano que las políticas públicas y el Plan Nacional de Desarrollo sean elaborados con participación ciudadana?


II. REFORMA ECONOMICA Y SOCIAL

4. ¿Autoriza usted a hacer una reforma económica que, bajo los principios de
redistribución y equidad, considere a las y los pobres como prioridad,
garantice la seguridad alimentaria de toda la población y destine 50% del
presupuesto nacional a políticas públicas que posibiliten el pago de la
deuda social: educación, salud, empleo y vivienda dignos?

5. ¿Prohíbe usted al Estado la privatización de los recursos y servicios
estratégicos siguientes: petróleo, agua, electricidad, gas, telecomunicaciones, así como la venta / apropiación externa de recursos genéticos (bio-piratería) y culturales?


III. POLÍTICA INTERNACIONAL

6. ¿Exige usted, bajo principios constitucionales de soberanía, seguridad, dignidad nacional y con el fin de profundizar la democracia que el Tratado de Libre Comercio con EEUU (TLC) y/o el Acuerdo de Libre Comercio para las Américas (ALCA) sean aprobados o negados vía Consulta Popular?

7. ¿Exige usted al Estado ecuatoriano la no renovación del convenio con Estados Unidos para el uso de la Base Militar de Manta y el no involucramiento del Ecuador en el Plan Colombia?

Detalle de la Pregunta 1

A. ¿Autoriza Usted que los siguientes organismos sean conformados por personas elegidas en un concurso público de merecimientos, respetando el criterio de equidad entre mujeres y hombres?:
- Corte Suprema de Justicia
- Tribunal Constitucional
- Tribunal Supremo Electoral
- Consejo de la Judicatura
- Contralor/a General del Estado
- Defensor/a del Pueblo
- Fiscal General de la Nación
- Procurador General del Estado

Se conformarán sendas comisiones calificadoras con representantes de los siguientes organismos de la sociedad civil:
- Medios de comunicación
- Cámaras de la producción
- Organizaciones de Derechos Humanos
- Organizaciones de trabajadores/as, indígenas y de afrodescendientes
- Organizaciones nacionales de mujeres
- Colegios profesionales
- Universidades

B. Autoriza Usted a modificar el sistema electoral y de representación para garantizar una mayor participación ciudadana con equidad entre mujeres y hombres en los siguientes términos:
1) Vigencia de la cuota electoral de mujeres para garantizar la participación de un 50% de candidatas en forma alternada y secuencial si se mantiene el sistema de listas, o el 50% como candidatas en cualquier otro sistema electoral que se adopte.
2) Inclusión de sanciones específicas para los que violen el principio de equidad de género en la participación político electoral.
3) Elección personalizada de candidatos/as, suprimiendo las listas de partidos y movimientos políticos.
4) Respaldo de firmas equivalentes al 1% de electores/as de la jurisdicción respectiva en la que se postulen candidatos/as tanto de partidos y movimientos políticos como de ciudadanos/as independientes; o en su defecto, realización de elecciones primarias dentro de los partidos y/o movimientos con la participación de al menos 1% de empadronados/as.
5) Utilización del financiamiento estatal en la promoción pública equitativa de candidatos y candidatas a través de los medios de comunicación y no entregarlo a los partidos políticos
6) Prohibición de la publicidad pagada de obras de Municipios y Consejos Provinciales de aquellas corporaciones cuyos titulares se candidaticen a la reelección y de cualquier publicidad con el nombre o imagen del candidato o candidata en los (3) meses anteriores y durante el período de campaña electoral.
7) Prohibición de la promoción pagada de candidaturas antes del periodo oficial de campaña electoral.
8) Ampliación de la revocatoria del mandato al Presidente y Vicepresidente de la República, por incumplimiento de las Políticas Públicas y Plan Nacional de Desarrollo definidos participativamente, además de las causales para juicio político establecidas en el art. 130, numeral 9 de la Constitución Política del estado.
9) Ampliación de la representatividad ciudadana de los Cabildos Ampliados y de las Asambleas Provinciales con la inclusión de un/a representante de las siguientes instituciones en cada jurisdicción cantonal y provincial: universidades, organizaciones barriales, cámaras de la producción, organizaciones de trabajadores/as, organizaciones de indígenas, afrodescendientes y campesinos, organizaciones de mujeres, colegios de profesionales, organizaciones artesanales, organizaciones de derechos humanos, organizaciones de personas discapacitadas, instituciones educativas primarias y secundarias, asociaciones cívicas registradas en la municipalidad, asociaciones culturales y de otro tipo registradas en la municipalidad. Estos/as representantes serán adicionales a los establecidos en la Ley de Régimen Municipal y Régimen Provincial y serán designados por sendos colegios electorales convocados por el Tribunal electoral provincial respectivo.
10) Ampliación de las atribuciones de los Cabildos Ampliados y de las Asambleas Provinciales, además de las previstas actualmente, a las siguientes: participar la planificación anual del Municipio o Consejo Provincial, conocer los informes de gestión de acuerdo a indicadores de cumplimiento y emitir pronunciamientos sobre la misma con las recomendaciones pertinentes. Entre las recomendaciones podrá formular la de remoción del Alcalde o Prefecto, según el caso, antes de la terminación del periodo para el cual fue electo, por incumplimiento de su plan de trabajo, recomendación que será viabilizada a través del procedimiento de la revocatoria del mandato previsto en la Constitución y la Ley.
[1] Ver en al final como se especifica esta pregunta